
14 de julio, 2010. Las nuevas normas del Vaticano contra los abusos sexuales constituyen un conjunto de procesos y sanciones exclusivamente internas a la Iglesia. Por lo tanto, no sustituyen en modo alguno a las leyes estatales que el Vaticano ordena respetar también escrupulosamente.
Los sacerdotes delincuentes deberán someterse a dos procesos: uno canónico o interno a la Iglesia y otro estatal, cuando lo prevea la ley.
Por ejemplo, desde ahora la Iglesia procederá internamente contra un sacerdote hasta que la víctima cumpla 38 años de edad, que puede ser incluso 30 años después del delito. Se trata de un plazo mucho mayor que el de las leyes penales. Así, aunque el delito haya prescrito civilmente, la Iglesia sancionará al agresor, quien probablemente en casos graves será expulsado del sacerdocio.
Se trata de una puesta al día del documento “De delictis gravioribus” sobre delitos contra la moral y los sacramentos. Las mayoría de las nuevas normas del Vaticano convierten en ley disposiciones provisionales que ya se aplicaban.
Pero incluye otras grandes novedades. Se convierten en “delito grave” la posesión de pornografía infantil, el abuso de discapacitados mentales mayores de edad y la grabación de confesiones con nuevas tecnologías.
Las sanciones internas contra sacerdotes delincuentes pueden ir desde la prohibición de presentarse en público como sacerdotes o celebrar Misa, hasta en casos graves, la expulsión del sacerdocio. El Vaticano insiste en que las sanciones por estos delitos son internas y que ni interrumpen ni sustituyen a los procesos estatales.
Otra importante novedad es que a partir de ahora la Congregación para la Doctrina de la Fe será la encargada de juzgar a cardenales, patriarcas y obispos.
JMB
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