Texto completo: Carta circular a los Obispos sobre el pan y el vino para la Eucaristía

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10/07/2017
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Carta circular a los Obispos sobre el pan y el vino para la Eucaristí­a

1. La Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, por encargo del Santo Padre Francisco, se dirige a los Obispos diocesanos (y a quienes se les equiparan en el derecho) para recordar que les compete, sobre todo, a ellos proveer dignamente lo necesario para la celebración de la Cena del Señor (cf. Lc 22,8.13). Compete al Obispo, primer dispensador de los misterios de Dios, moderador, promotor y custodio de la vida litúrgica en la Iglesia a él confiada (cf. CIC can. 835 §1), vigilar la calidad del pan y del vino destinados a la Eucaristí­a y, por tanto, a aquellos que los preparan. Con el fin de ayudar, se recuerdan las disposiciones vigentes y se sugieren algunas indicaciones prácticas.

2. Mientras que hasta ahora, por lo general, algunas comunidades religiosas se ocupaban de preparar el pan y el vino para la celebración de la Eucaristí­a, hoy se venden también en los supermercados, en otros negocios y a través de internet. Este Dicasterio, para no dejar dudas acerca de la validez de la materia eucarí­stica, sugiere a los Ordinarios dar indicaciones al respecto, por ejemplo, garantizando la materia eucarí­stica mediante certificados apropiados. Es el Ordinario el que debe recordar a los presbí­teros, en particular a los párrocos y a los rectores de las iglesias, su responsabilidad para comprobar quién es la persona encargada de proveer el pan y el vino para la celebración, así­ como la idoneidad de la materia. Además, corresponde al Ordinario informar y recordar a los productores del vino y del pan para la Eucaristí­a el respeto absoluto de las normas.

3. Las normas acerca de la materia eucarí­stica, indicadas en el can. 924 del CIC y en los números 319 - 323 de la Institutio generalis Missalis Romani, han sido ya explicadas en la Instrucción Redemptionis Sacramentum de esta Congregación (25 de marzo de 2004): 

a) 'El pan que se emplea en el santo Sacrificio de la Eucaristí­a debe ser ázimo, de sólo trigo y hecho recientemente, para que no haya ningún peligro de que se corrompa. Por consiguiente, no puede constituir la materia válida, para la realización del Sacrificio y del Sacramento eucarí­stico, el pan elaborado con otras sustancias, aunque sean cereales, ni aquel que lleva mezcla de una sustancia diversa del trigo, en tal cantidad que, según la valoración común, no se puede llamar pan de trigo. Es un abuso grave introducir, en la fabricación del pan para la Eucaristí­a, otras sustancias como frutas, azúcar o miel. Es claro que las hostias deben ser preparadas por personas que no sólo se distingan por su honestidad, sino que además sean expertas en la elaboración y dispongan de los instrumentos adecuadosâ? (n. 48).

b) 'El vino que se utiliza en la celebración del santo Sacrificio eucarí­stico debe ser natural, del fruto de la vid, puro y sin corromper, sin mezcla de sustancias extrañas. [...] Téngase diligente cuidado de que el vino destinado a la Eucaristí­a se conserve en perfecto estado y no se avinagre. Está totalmente prohibido utilizar un vino del que se tiene duda en cuanto a su carácter genuino o a su procedencia, pues la Iglesia exige certeza sobre las condiciones necesarias para la validez de los sacramentos. No se debe admitir bajo ningún pretexto otras bebidas de cualquier género, que no constituyen una materia válidaâ? (n. 50).

4. La Congregación para la Doctrina de la Fe, en la Carta circular a los Presidentes de las Conferencias Episcopales acerca del uso del pan con poca cantidad de gluten y del mosto como materia eucarí­stica (24 de julio de 2003, Prot. N. 89/78 â?? 17498), ha indicado las normas respecto a las personas que, por diversos y graves motivos, no pueden tomar pan preparado normalmente o vino normalmente fermentado:

a) 'Las hostias sin nada de gluten son materia inválida para la Eucaristí­a. Son materia válida las hostias con la mí­nima cantidad de gluten necesaria para obtener la panificación sin añadir sustancias extrañas ni recurrir a procedimientos que desnaturalicen el panâ? (A. 1-2).

b) 'Es materia válida para la Eucaristí­a el mosto, esto es, el zumo de uva fresco o conservado, cuya fermentación haya sido suspendida por medio de procedimientos que no alteren su naturaleza (por ejemplo el congelamiento)â? (A. 3).


c) 'Es competencia del Ordinario conceder a los fieles y a los sacerdotes la licencia para usar pan con una mí­nima cantidad de gluten o mosto como materia para la Eucaristí­a. La licencia puede ser concedida habitualmente, mientras dure la situación que la ha motivadoâ? (C. 1).

5. Además, dicha Congregación ha decidido que la eucarí­stica preparada con organismos genéticamente modificados puede ser considerada materia válida (cf. Carta al Prefecto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos acerca de la materia eucarí­stica preparada con organismos genéticamente modificados, 9 de diciembre de 2013, Prot. N. 89/78 â??

44897).

6. Los que preparan el pan y producen el vino para la celebración deben ser conscientes que su obra está orientada al Sacrificio Eucarí­stico y esto pide su honestidad, responsabilidad y competencia.

7. Para que se cumplan estas normas generales, los Ordinarios, si lo estiman oportuno, pueden ponerse de acuerdo como Conferencia Episcopal, dando indicaciones concretas. Vista la complejidad de situaciones y circunstancias, así­ como la falta de respeto en el ámbito sagrado, se advierte la necesidad práctica que, por encargo de la Autoridad competente, haya quien garantice efectivamente la genuinidad de la materia eucarí­stica por parte de los fabricantes como de su conveniente distribución y venta.

Se sugiere, por ejemplo, que una Conferencia Episcopal pueda encargar a una o más Congregaciones religiosas u otra Entidad capaz de verificar las garantí­as necesarias sobre la producción, conservación y venta del pan y del vino para la Eucaristí­a en un determinado paí­s y en los paí­ses en los que se exportan. Se recomienda también que el pan y el vino destinados a la Eucaristí­a

sean convenientemente tratados en los lugares de venta.

En la sede de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, a 15 de junio de 2017, solemnidad del Santí­simo Cuerpo y Sangre de Cristo.

Robert Card. Sarah

Prefecto

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